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21 de noviembre de 2013

El Grooming ya es ley en Argentina


Este es un muy buen artículo que leí esta mañana en el diario Clarin.com y quería compartirlo con todos ustedes.

Condena con prisión de 6 meses a 4 años a quien atente contra la integridad sexual de un menor. Recomendaciones para que los chicos usen con seguridad la Red.

El ciberacoso en nuestro código penal ya es ley. Esto significa que una nueva figura delictiva se ha convertido en un tipo penal punible. Lo que posibilitará eventualmente condenar las conductas que tengan lugar cuando una persona se ponga en contacto por medios electrónicos con un menor de edad con el fin de cometer cualquier delito contra su integridad sexual. 

El crecimiento de los últimos años del uso de al redes sociales y su aprovechamiento por parte de quienes delinquen por intermedio de ellas, en especial en la captura de la confianza de los menores, es una práctica que ha venido en aumento y así lo demuestra la cantidad de casos registrados y conocidos en los últimos tiempos. Desde ahora contamos con una figura que se encontraba pendiente que esperamos que facilite la persecución, investigación y condena sobre estas acciones aberrantes.

En la anterior reforma del código del año 2008, se incorporaron nuevas figuras que tenían como medio el uso de tecnologías de comunicación para la consecución de diferentes acciones penadas, como ser la distribución, comercialización, facilitación o  producción de material de pornografía infantil, el acceso indebido a sistemas electrónicos, la alteración de datos o su destrucción, la privacidad de los correos, entre otras. Todas ellas quedaron como parte de nuestra legislación penal. El denominado grooming había quedado fuera hasta la semana pasada.

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